RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
Requisitos:
- Solicitud escrita, donde se indique el objeto del pedido a rectificar, autorizada por abogado.
- Copia certificada con sellos originales emitida por la municipalidad correspondiente de las partidas a mérito de las cuales se pretende hacer la rectificación.
- Copia simple del documento de identidad de quien solicita la rectificación.
- Documentos o instrumentos que acrediten y sustenten el pedido de la rectificación.
- En el caso de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción del extranjero, se debe contar con la legalización del Consulado Peruano del Ministerio de Relaciones Exteriores y traducción oficial de dicho documento.
- En el caso de partidas de nacimiento, matrimonio, etc., que vengan del interior del país, deben contar con la certificación de RENIEC.
Además la solicitud de Rectificación debe observar lo siguiente:
- En caso de partidas de (nacimiento, defunción, matrimonio) expedidas por la RENIEC, la Notaria podrá solicitar la copia certificada, y presentar los partes para realizar la inscripción de la rectificación en el registro de la RENIEC.
Especificaciones:
La partida de nacimiento debe ser formulada por:
- El titular mayor de edad.
- El representante legal del incapaz y, a falta de aquél, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
- Parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, si la persona cuya partida de nacimiento se trata de rectificar, es mayor de edad y ha fallecido.
La partida de matrimonio debe ser formulada por:
- Cualquiera de los conyugues o por fallecimiento de estos, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
La partida de defunción debe ser formulada por:
- Cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del fallecido.
Nota:
Una vez que se cuente con la documentación entes indicada, el asesor la revisara y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional