TRANSFERENCIA VEHICULAR

Requisitos:

  • Solicitud verbal o escrita de Otorgamiento de Acta de Transferencia Vehicular.
  • Original y Copia Fotostática de Tarjeta de Identificación Vehicular a nombre del vendedor.
  • Original y Copia Fotostática del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.
  • Pago del impuesto vehicular (en los casos en que el vehículo esté afecto a dicho impuesto).
  • En el caso de comprar o vender un vehículo de un menor de edad o de un adulto incapaz, intervienen los padres del menor o sus tutores debidamente acreditados.

PERSONA NATURAL

VENDEDOR

  • Original y Copia Fotostática del Documento de Identidad del vendedor.
  • En caso de ser casado, deberá intervenir también su cónyuge, identificándose con su documento de identidad, o bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.

COMPRADOR

  • Original y Copia Fotostática del Documento de Identidad del comprador.
  • En caso el comprador sea casado, deberá adjuntar únicamente la copia fotostática del Documento de Identidad de su cónyuge, no siendo necesaria su intervención, o bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.

PERSONA JURIDICA

 

  • Original y Copia Fotostática de la Copia Literal que expide SUNARP (no más de 15 días)
  • Copia fotostática del RUC de la empresa.
  • Original y Copia Fotostática del Documento de Identidad del representante.
  • Certificado Médico original, expedido por Psiquiatra o Neurólogo, vigente con no mas de 15 (quince) días, para personas mayores de 70 (setenta) años.
  • En el caso de comprar o vender un vehículo de un menor de edad o de un adulto incapaz, intervienen los padres del menor o sus tutores debidamente acreditados.

Nota:

Una vez que se cuente con la documentación entes indicada, el asesor la revisara y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional

Importante:

Asimismo le informamos, que mediante Decreto Supremo N° 006-2013-JUS de fecha 15 de Mayo de 2013 toda transacción que se realice por montos superiores a S/. 3,500.00 (Tres mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) deberán realizarlo de manera obligatoria a través de cualquier Sistema Financiero, presentando para ello ante la notaria la constancia en original (depósito bancario, cheque, cheque de gerencia o cheque de gerencia no negociable).